EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 8.689/21

ARTICULO 1º: Autorizase al Consejo Escolar Distrito Chacabuco, el Uso del Espacio Público para la colocación de discos de prohibición de estacionamiento y pintado de cordón amarillo, en calle Reconquista desde el Pasaje Sangiani hasta calle Pueyrredón, de la ciudad de Chacabuco (B), para reserva de estacionamiento y uso exclusivo de vehículos relacionados a dicho Organismo, de lunes a viernes, en la franja horaria comprendida entre las 7:00 hs y las 14:00 hs.

ARTICULO 2°: Remítase copia de la presente Ordenanza a la Secretaría de Seguridad Ciudadana.

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION N° 923, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-

Expediente H.C.D. Nº 18.435/21