EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

ORDENANZA N° 8.921/21

ARTÍCULO 1º: Declárese de Interés Legislativo y Cultural el Programa de Promoción del Turismo Local que tiene como objetivo promover el desarrollo de este sector económico en las localidades de Rawson, Castilla y O’Higgins, pertenecientes al Partido de Chacabuco. –

ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION N° 934, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-

Expediente Nº 18.862/21