EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 9.033/22

ARTÍCULO 1º: Autorízase el Uso de Espacio Público a Martín Lacentra, DNI 24.728.104, en representación de Quimey Co, en calle Villegas N.º 375 para utilización del espacio público y corte de calle en intersección de las calles Villegas y Junín, para el día miércoles 29 de diciembre, en el horario de 21:00 a 01:00 hs con el fin de realizar evento de fin de año con banda musical.

ARTÍCULO 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo de la actividad, debiendo contar con la señalética correspondiente.

ARTÍCULO 3º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.

ARTÍCULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización de la actividad serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.

ARTÍCULO 5º: Ante la situación sanitaria existente en el Partido de Chacabuco, se deberá cumplir los protocolos anti COVID-19, a saber: aforo en espacios cerrados, Pase Sanitario Provincial o Certificado de Vacunación y alcohol en gel a disposición en mesas y espacios comunes.

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION N° 942, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-

Expediente Nº 19.010/21