EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 9.309/22

 

ARTÍCULO 1º: Otórguese autorización de uso de espacio público al Departamento Ejecutivo Municipal, Área de Discapacidad y Secretaria de Obras Publicas, para la construcción de rampas de accesibilidad en las intersecciones de calles San Luis y Pringles, Sarmiento y Rivadavia, Avellaneda y Alte Brown, Padre Doglia y 25 de Mayo, conforme croquis que se adjuntan a la presente, en anexo I.

ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), EN EL MARCO DE LA SESIÓN Nº 953, DEL DÍA TRES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.

Expediente Nº 19.460/22