EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 9.569/22

ARTÍCULO 1º: Autorizase a Telefónica Argentina S.A. la utilización de espacio público para la realización de trabajos de ampliación de infraestructura subterránea y aérea en nuestra ciudad, en los caminos rurales correspondientes a la jurisdicción de este Municipio y de acuerdo a lo detallado en el Expediente Administrativo Nº 4029-5523. No obstante, para los permisos de uso de espacio público circundantes a las Rutas N7, RP191 y AU7, deberán ser tramitados a la Dirección Nacional o Provincial, según correspondiere, para su aprobación.

ARTÍCULO 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo de la obra.

ARTICULO 3º: Las erogaciones resultantes para la organización de la obra serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de dar cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

ARTÍCULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), EN EL MARCO DE LA SESIÓN Nº 961, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.

Expte. Nº 19.785/22