EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO Y SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la
siguiente

 

 

ORDENANZA N° 2.014/98.-

ARTICULO: 1°: Declárese la fecha del 27 de Abril, a
partir del presente año, el Día del Concejal» en el ámbito del Partido
de Chacabuco.————

 

ARTICULO 2°: Enviar copia de la presente Ordenanza a
ambas Cámaras de la Legislatura Provincial para considerar la posibilidad de
declarar con fuerza de la Ley «Día del Concejal» en la Provincia de
Buenos Aires.——–

 

ARTICULO 3°: Designar a la sala del H.C.D. con el
nombre de don Miguel Máximo
Gil.————————————————————————-

 

ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISEIS DIAS DELMES DE ABRIL DEL AÑO
NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-