EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

ORDENANZA 2222/99

 

ARTICULO 1º: Aceptar la donación efectuada por la
Provincia de Buenos Aires a la Municipalidad de Chacabuco de los inmuebles
identificados catastralmente como: Circunscripción: XI, Sección: B, Chacra:
120, Parcela: 2 C; Circunscripción: IX, Sección A, Manzana: 21, Parcela 5 y
Circunscripción VII, Parcela 1248 h, compuestas de una superficie de
Cuatrocientos sesenta metros (460,00 m2), un mil metros cuadrados (1.000 m2) y
quince mil trescientos diecinueve metros cuadrados con siete decímetros
cuadrados (15.319, 07 m2), respectivamente, con las medidas linderos y demás
características que se consignan en las inscripciones de dominio anotadas a los
folios 535/65, 365/92 respectivamente, del Registro del Partido de
Chacabuco.———

 

ARTICULO 2°: Loa inmuebles designados en el
artículo precedente serán destinados a la localización y ampliación de
equipamiento comunitario.——————————-

 

ARTICULO 3°: Quedará a cargo de la Municipalidad de
Chacabuco, la registración Dominial a su favor ante la Dirección Provincial
del Registro de la Propiedad, de conformidad con las prescripciones de la
Disposiciones Técnico Registral Número 1/82 de esa
Repartición.—————————————————————————

 

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase .–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES
DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, VEINTISEIS DIAS DEL MES AGOSTO
DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.-