EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

ORDENANZA 2234/99

 

ARTICULO 1º: Condónase la deuda que la Asociación
Civil "Club Atlético Castilla" registrado como Entidad
de Bien Público bajo el Nº 011, mantiene con la Municipalidad de Chacabuco en
concepto de Tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza por los inmuebles de su
propiedad identificados con los siguientes números : 953600-0,1010900-0,
1869300-0, y 4601300-0.——————————————————–

ARTICULO 2º: La condonación establecida en el
Art.nº 1 corresponde exclusivamente hasta la devengada hasta el 31/12/98 y cuyo
detalle forma parte del informe de deuda obrante a fs.5 del expediente
4029-2296/99.—————————–

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase .-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES
DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE
SETIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.-