EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS FACULTADES Y<br /> ATRIBUCIONES

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 4836/09.-

ARTICULO 1º: Incrementase en uno (1) el número de
Juzgado de Faltas
, instituido por la ——————— Ordenanza Nº
335/1985, este nuevo Juzgado funcionara con la misma estructura y organigrama
del Juzgado de Faltas preexistente. Hasta tanto se creen las asignaciones
ampliaciones y/o transferencias que resulten pertinente para la instalación,
funcionamiento y operatividad del nuevo organismo municipal, el mismo compartirá
físicamente las dependencias del Juzgado de Faltas Nº 1, el personal
administrativo afectado a la mesa general de entradas y recepción de expedientes
y los notificadores.-

ARTICULO 2º: La organización, competencia, régimen de
sanciones y procedimientos sobre ——————— las causas a cargo de los
Juzgados de Faltas del Partido de Chacabuco, será la establecida para el
Juzgado preexistentes en el Código de Faltas Municipal de la Provincia de Buenos
Aires (Decreto Ley Nº 8751/77 modificatoria Ley 10.269/85).-

ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal
queda facultado por vía ———————- reglamentaria a establecer el
mecanismo de funcionamiento de ambos Juzgados cuyo principio a tener en cuenta
será el de temporalidad es decir que cada Juzgado deberá tener competencia por
turnos mensuales intercalados.-

ARTICULO 4º: Dentro de los sesenta (60) días de
publicada la presente Ordenanza, el ——————— Departamento Ejecutivo
Municipal llevará adelante la designación y la reglamentación de funcionamiento
que se delega en esta Ordenanza.-

ARTICULO 5º: Facultase e instrúyase al Departamento
Ejecutivo Municipal a efectos de que ——————— lleve adelante las
asignaciones presupuestarias en el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos
del Ejercicio 2009 imputables al Nuevo Juzgado de Faltas creado con la
presente, realizando las asignaciones, ampliaciones y/o transferencias que
resulten pertinentes para la instalación, funcionamiento y operatividad del
nuevo organismo municipal.-

ARTICULO 6º: A partir de la sanción de la presente
Ordenanza quedan derogados todas las ——————– ordenanzas o artículos
de las Ordenanzas anteriores que se contrapongan con esta.-

ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

———————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
NUEVE.-

EXPTE. Nº 10.722/09.-