EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº 6289/14

 

ARTICULO 1º: Adhiérase la Municipalidad de Chacabuco (B) al régimen normativo de la  Ley  Provincial Nº 14.547.-

 

ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo, a través del área que designe su titular, será el encargado de reglamentar y ejecutar las funciones correspondientes al cumplimiento de la presente.-

 

ARTICULO 3º: Deróguese la Ordenanza 4490/07 mediante la cual se adhería a la Ley  Provincial Nº 12.646.-

 

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE

 

Expediente Nº 13.498/14.-