EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 6289/14
ARTICULO 1º: Adhiérase la Municipalidad de Chacabuco (B) al régimen normativo de la Ley Provincial Nº 14.547.-
ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo, a través del área que designe su titular, será el encargado de reglamentar y ejecutar las funciones correspondientes al cumplimiento de la presente.-
ARTICULO 3º: Deróguese la Ordenanza 4490/07 mediante la cual se adhería a la Ley Provincial Nº 12.646.-
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE
Expediente Nº 13.498/14.-