EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

O R D E N A N ZA Nº 7.464/18

ARTICULO 1º: Convalídese la Addenda al Contrato de Locación, celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco (B) y la SOCIEDAD ITALIANA DE SOCORROS MUTUOS DE CHACABUCO, referente al inmueble sito en calle Primera Junta 26, de la ciudad de Chacabuco (B).-

ARTICULO 2º: Autorízase la afectación de fondos en futuros ejercicios.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS UN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-

Expediente Nº 16.160/18.-