EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

ORDENANZA NRO. 996/91.-

 

 

ARTICULO 1°: Determinase que al efectuarse el Sorteo
público entre los preseleccionados de acuerdo a las prioridades establecidas en
la Ordenanza N° 900/00 para cubrir los cupos de viviendas del PLAN PRO- CASA IV
y los suplentes,

 

ARTICULO 9°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.—————————————————————————————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.-