EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

ORDENANZA N° 1.064/92.-

 

 

ARTICULO 1°: Prorrógase con retroactividad al día
12 de Enero de 1992 y hasta el día 31 de Diciembre de 1992, el uso sin cargo
del Inmueble Municipal ubicado en la intersección de las calles Cervantes y San
Luis de esta Provincia de Buenos
Aires.—————————————————

 

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CATORCE DIAS DEL DE ABRIL, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.-