EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

 

ORDDENANZA N° 1.260/93.-

 

 

ARTICULO 1°: Declárese de utilidad pública y pago
obligatorio- paras los propietarios o poseedores a título de dueño de las
parcelas con frente a la obra, la ejecución de la ampliación de la Red de
desagües Cloacales en las siguientes calles:

 

-CERVANTES e/Cnl. Suarez y Azcuenaga (acera par) Expte.
4029-2315/93.-

-VICENTE LOPEZ e/Ituzaingó y Almafuerte (acera impar) Expte.
4029-3128/91.-

-JUNIN e/Primera Junta y Bs. As. (acera par) Expte.
4029-2315/92.-

-ANDRES de VERA e/Villegas y La Plata (acera par) Expte.
4029-0633/93.-

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE JUNIO, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-