EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

ORDENANZA N° 1.495/94.-

 

ARTICULO 1°: Apruébase el Convenio suscripto por el
Departamento Ejecutivo en adhesión al Sistema de Círculos de Compra,
organizado por el Ministerio de Gobierno y Justicia y el Banco de la Provincia
de Bs. As., mediante el cual se implementa la adquisición de maquinarias y
equipamientos.————————–

 

ARTICULO 2°: La cuota que se pagará, será
liquidada por el Banco de la Provincia en función del precio de los elementos
adquiridos y conforme al Anexo del
Convenio.——————————————————————————

 

ARTICULO 3°: El Banco de la Provincia de Bs. As.
será el encargado del pago a la Empresa
adjudicataria.———————————————————————

 

ARTICULO 4°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a
afectar los créditos presupuestarios de ejercicio futuros en los términos del
articulo 273 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, debiendo efectuar las
pertinentes reservas en el momento que
corresponda.——————————————————————

 

ARTICULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE OCTUBRE, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.-