EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

ORDENANZA N° 1.625/95.-

 

ARTICULO 1°: Convalidase Convenio celebrado entre la
Municipalidad de Chacabuco y el "Programa de Apoyo a la Reconversión
Productiva", que llevan adelante el Ministerio de Economía y Obras y
Servicios Públicos de la Nación y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
de la Nación.————–

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.—————————————————————————————-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO
MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO
.-