ELHONORABLE CONCEJO DE DELIBERANTE DE CHACABUCO

ELHONORABLE CONCEJO DE DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES, ACUERDA SANCIONA:
La
siguiente

 

 

ORDENANZA N°1.719/96.-

 

ARTICULO 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo
Municipal a arrendar al Señor HECTOR RAUL ETCHAR, L.E. N° 997.017, las
instalaciones existentes en la Localidad de Castilla (Partido de Chacabuco) en
las que funcionará el Matadero
Municipal.——————————————————————————–

 

ARTICULO 2°: El contrato respectivo deberá ser
convalidado por este Honorable Concejo
Deliberante.—————————————————————-

 

ARTICULO 3°: El plazo de arriendo deberá
establecido en el articulo 1°, no podrá exceder de tres (3)
años.—————————————————————–

 

ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-