ELHONORABLE CONCEJO DE DELIBERANTE DE CHACABUCO

ELHONORABLE CONCEJO DE DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES, ACUERDA SANCIONA:
La
siguiente

 

 

ORDENANZA N°1.731/96.-

 

ARTICULO 1°: Convalidase el convenio celebrado entre
Dirección Provincial de Hidráulica y esta Municipalidad, relacionada con la
obra: "PROLONGACION ENTUBAMIENTO CALLE SOLIS" de esta
ciudad.———–

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-