EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE

SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA : la siguiente

 

 

ORDENANZA 1913 /97

 

 

ARTICULO 1 : Autorizar al Departamento Ejecutivo
Municipal a disponer de los fondos previstos en los artículos 2º y 3º y 3º
de la Ordenanza Nº 1.834/97, respetándose el destino de los mismos.-

 

ARTICULO 2º: Modificase el Articulo 4º de la
Ordenanza Nº 1.834/97 el que quedará redactado de la siguiente forma:
"ARTICULO 4º Incluyendo la partida en el presupuesto del ente
descentralizado Hospital del Carmen creado por Ordenanza Nº 1 768/96 y su
modificatoria Ordenanza Nº 1.819.96.-

 

ARTICULo 3º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal inscríbase .-

 

DADO: EN LA SALa DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS siete DIA DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO NOVENTA Y
SIETE.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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