EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO
DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

 

 

 

ORDENANZA Nro. 1.945/97..-

 

 

 

ARTICULO 1º: Deróganse las Ordenanzas Municipales
Nº 1468/94 y
1.825/96..————————————————————-

 

ARTICULO 2º: Se autoriza al Departamento Ejecutivo
Municipal a celebrar Contrato de Concesión Municipal para la prestación del
servicio eléctrico, con la Cooperativa Eléctrica de Chacabuco Ltda., conforme
requerimientos de la Ley 11.769, su reglamentación (Dto. Nº 1.208/97) y
además normas particulares reguladoras de las actividades de generación,
transporte y distribución de la energía eléctrica en la Provincia de Buenos
Aires..——————————————————————————–

 

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase..———————————————————

 

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE..-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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