EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO
DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

 

 

ORDENANZA NRO. 1.978/97..-

 

ARTICULO 1º: Autorizar al Departamento Ejecutivo
Municipal, a firmar un Convenio modificatorio del suscripto con fecha 17-10-91,
estableciendo las siguientes modificaciones: a)-Se establecerá un nuevo plazo
de duración que será de veinte (20) años, a partir de la fecha del nuevo
convenio..- b)- Por el nuevo plazo se aplicará la siguiente escala de
participación: Por los primeros diez años: hasta 30 pacientes
– Dos (2) por ciento s/ percibido..- De 31 pacientes en adelante – Tres (3)
por ciento s/ percibido..- Por el lapso restante: Hasta 20 pacientes –
Diez (10) por ciento s/ percibido..- De 21 a 30 pacientes once (11) por ciento
s/ percibido..- Más de 31 pacientes – Doce por ciento s/ percibido..- Las
demás cláusulas mantendrán plena vigencia por el nuevo período
convenido..———————————————————————–

 

ARTICULO 2º: Autorizar a la firma " Medicina
Nefrológica del Oeste S.R.L.", la construcción de una nueva Planta
Física de Servicios de Diálisis en el Hospital Municipal del Carmen de esta
Ciudad, a su exclusivo cargo, en el lugar, condiciones, modalidades y
responsabilidades que resultan del proyecto obrante en el Expte. Nº
4029-4183/97..- A tal efecto el Departamento Ejecutivo Municipal queda
autorizado a firmar los convenios y contratos que sean necesarios para la
ejecución de la obra..—————————————————-

 

ARTICULO 3º: El convenio a suscribirse deberá
incluir cláusula que especifique que a la finalización del mismo, la obra
civil a construirse a cargo de la mencionada firma, quedará de exclusiva y
total propiedad de esta Municipalidad, sin generar derecho alguno de
resarcimiento económico..———-

 

ARTICULO 4º: La ampliación a efectuar debe respetar
las características edilicias de la actual
construcción..————————————————————

 

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase..——————————————————————————————-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE..-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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