EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

ORDENANZA 2.184/99

ARTICULO 1º: Convalídense los convenios números :
TRS 4-R3-05-01,TRS 4-R3-02,TRS 4- R3-05-03,TRS 4 R3-05-04 celebrado entre el
Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Chacabuco,
relacionados a la Segunda Etapa de Obras Distritales del Plan Trienal, para la
ejecución de las obras cuya nominación y monto se expresan en los mismos y que
como Anexo 1 forman parte integrante de la presente
Ordenanza.——————————————————————————-

 

ARTICULO 2º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase .–

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES
DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, AL PRIMER DIA DEL MES DE JULIO
DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.-