EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

ORDENANZA 2.208/99

ARTICULO 1º: Autorízase a los integrantes del Club
S. y D. Defensores de Rawson, la utilización del espacio público en las calles
Junín y Saavedra, el día 22 de Agosto de 1999 y en caso de proponerse por mal
tiempo para el día 29/08/99 realización de espectáculo
campestre.—————————————————————————

 

ARTICULO 2°: El Departamento Ejecutivo hacer cumplir
hacer cumplir loo reglamentado para esta actividad, como así también lo
referente a seguridad.————

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase .—

DADO: EN LA SALA DE SESIONES
DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE JULIO
DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.-