EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

ORDENANZA NRO. 2.390/2000.-

ARTICULO 1°: Crease en el Partido de Chacabuco el DEPARTAMENTO
DE ESTADISTICAS
que tendrá como función recoger y procesar información
estadísticamente valiosa, necesaria tanto para el sector público como privado
a la hora de tomar decisiones.-

 

 

ARTICULO 2°: Este Departamento de Estadísticas
dependerá de la Subsecretaría de Planeamiento Estratégico abarcando áreas
como: Población, Ocupación, Cultura, Educación, Salud, Seguridad Social y
Pública, Energía y toda aquella actividad que el municipio considere necesaria
para que luego de ser debidamente procesada facilite el crecimiento y desarrollo
de nuestro Partido.—————————————

 

ARTICULO 3°: El Departamento Ejecutivo por medio de
la Subsecretaría de Planeamiento Estratégico tomará como base de matriz
estadística utilizada por los responsables de efectuara las incorporaciones que
coincidiere oportunas.—————————————

 

ARTICULO 4°: El Departamento Ejecutivo solicitará
la participación y colaboración de entidades públicas y privadas para la
realización de esta tarea, pudiendo el relevamiento efectuarse con jóvenes
provenientes de establecimientos educativos de nivel medio de nuestro
Partido.————————————————————————————–

 

 

ARTICULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e

inscríbase.———————————————————————————-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL.-

 

 

 

AUTOR.: Concejal Jorge MUELA

EXPTE.: 5.584.-