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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

O R D E N A N Z A N° 2.611/2001

ARTICULO 1°: Declárase de Interés Municipal la
capacitación de promotores comunitarios a través de la Escuela de Promotores
de Salud, en el marco del proyecto de desarrollo local intersectorial del
CODESEDH.———-

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS
MIL UNO.-

 

AUTOR: Concejal Darío GOLIA

EXPTE.NRO. 6.348