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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

O R D E N A N Z A N° 2.666/2001

ARTICULO 1°: Convalídase Contrato de Instalación
de Alumbrado Público Barrial entre Cooperativa Eléctrica de Chacabuco Ltda. y
esta Municipalidad sobre instalación de Alumbrado Público en la Quinta 387 de
la ciudad de
Chacabuco.——————————————————————————–

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRES DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL UNO.-