2961

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

O R D E N A N Z A N° 2.961/02

ARTICULO 1°: Autorízase a la Sociedad de Fomento 9
de Julio de Chacabuco, a la utilización del espacio público de calles: Avenida
Urquiza, Máximo Gil y Avenida Saavedra continuando por Saavedra hasta 9 de
Julio, de allí hasta Gutiérrez y de Gutiérrez hasta 25 de Mayo finalizando en
calle Casasco en su sede permanente, el día miércoles 4 de agosto de 2002
desde las 13:00 hs., para la realización de un desfile de Centros
Tradicionales.—————————————————————————————

ARTICULO 2°: Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el
cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización del espacio
público.—————————————————————————–

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.———-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL
DOS.-

EXPTE. NRO. 7.236/02