EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A Nro. 3458/04

 

 

ARTICULO 1°: Establécese mano única en calle
Bernardo de Irigóyen.———-

 

ARTICULO 2°: Proceder a la señalización
correspondiente en forma
inmediata.——————————————————————————————–

 

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-

 

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL
CUATRO.-

 

EXPTE NRO. 8257/04