EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

O R D E N A N Z A NRO. 4.044/06

 

ARTICULO 1º: Autorízase al "Jardín de Infantes Nro.
916 y E.G.B. Nro. 7",
al uso del ———————- espacio público,
comprendido entre la línea municipal y la acera pública de la fracción de
terreno designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección M, Quinta 923
a; a los efectos de la instalación de una Plazoleta Recreativa para la
Educación.-

ARTICULO 2º: Corresponde a la Institución
peticionante tomar los recaudos y las medidas de ———————–
seguridad correspondientes, deslindando de toda responsabilidad a la
Municipalidad de Chacabuco.-

ARTICULO 3º: Deróguese la Ordenanza Nro. 3.497/04.-

———————-

ARTICULO 4º: Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo ——————— Municipal a los
efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la
utilización de espacios públicos.-

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

——————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIDÓS DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL
SEIS.-

EXPTE NRO. 9.378/06.-