EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

O R D E N A N Z A NRO. 4208/06

 

ARTICULO 1º: Autorízase a la DIRECCIÓN GENERAL
DE CULTURA Y EDUCACIÓN DE ——————– LA PCIA. DE BUENOS AIRES
,
al uso del espacio público de la fracción de terreno designado catastralmente
como: Circunscripción I, Sección M, Quinta 923 a ; a los efectos de la
instalación de una Plazoleta Recreativa con un Circuito de Salud destinada a
alumnos del Jardín de Infantes Nro. 916 y E.G.B. Nro. 7.-

ARTICULO 2º: La presente autorización se extiende por
el plazo de mínimo de Diez (10) años ——————– renovables
automáticamente, correspondiendo a la Dirección de Cultura y Educación adoptar e
instrumentar los recaudos y las medidas de seguridad correspondientes,
deslindando de toda responsabilidad a la Municipalidad de Chacabuco.-

ARTICULO 3º: Deróguese la Ordenanza Nro. 3.497/04 y
4.044/06.-

——————–

ARTICULO 4º: Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo ——————— Municipal a los
efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la
utilización de espacios públicos.-

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

——————–

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL
SEIS.-

EXPTE NRO. 9.647/06.-