EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

 

O R D E N A N Z A NRO. 4.297/06

 

ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo
Municipal a registrar la deuda y ———————- efectuar el pago, en
virtud de la documentación obrante en el Expediente administrativo Nro.
4029-3772/06,
iniciado por el Sr. CANO MARIANO ( agente municipal) por la
suma total de PESOS DOCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES, con
veinticinco centavos ( $ 12.483,25)
en concepto del subsidio equivalente al
180 % del sueldo básico de la categoría ingresante de 30 hs. de la Ley 10.430
por ex combatiente de Malvinas; conforme lo prescripto por los artículos 140º
y 141º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración en
vigencia.-

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

———————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISÉIS DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS
MIL SIETE.-

 

EXPTE NRO. 9.854/07