EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS ATRIBUCIONES<br /> ACUERDA Y SANCIONA

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N Z A N R O. 4862/09.-

 

ARTICULO 1º: Convalídase el Decreto Municipal
763/09
creando " Comité de Crisis Local" y

——————– autorizándose al Departamento Ejecutivo
Municipal a aplicar las suspensiones de actividades e implementar las medidas de
protección y prevención elaboradas por el " Comité de Crisis Regional" obrante
como Anexo 1 del Decreto 763/09.-

ARTICLO 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

——————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO AL PRIMER DIA DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-

Expte. Nro. 10.825/09-