EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

O R D E N A N Z A Nº 5187/10.

ARTICULO 1º: Autorizase a la
"Dirección de la Juventud"
, el Uso Espacio Público, en Plaza
——————— San Martín los días; Martes 20, Jueves 22, Viernes 23,
Jueves 29, Viernes 30, del corriente mes, a partir de las 14:00 horas hasta las
19 horas, para la realización de actividades en las Vacaciones de Invierno.

ARTICULO 2º: Los solicitantes serán
responsables por Accidentes u otros inconvenientes que ———————
puedan surgir durante lo peticionado.

ARTICULO 3º: Comuníquese, por parte de los
solicitantes, al Departamento Ejecutivo Municipal a efectos de acatar el
cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de espacios
públicos.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

——————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE JULIO DEL
AÑO DOS MIL DIEZ.

EXPTE. Nº 11.382/10.