EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5236/2010.-

ARTICULO 1º: Declárese de Interés Municipal
la implementación del Plan Ganadero Provincial ——————– propuesto
por el Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires.

ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo
convocará a participar a todos los actores ———————- involucrados,
productores, sectores políticos, entidades de la Municipalidad de Chacabuco.

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

——————-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL DIEZ.

EXPTE. Nº 11.484/10