EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  6060/13

 

ARTICULO 1º: Convalídese “Convenio Cooperación entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de Chacabuco”.  Ref: Convenio Cooperación Ingreso Social con Trabajo

 

ARTICULO:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

  DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TREINTA Y UN  DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL TRECE

Expte. Nº 12.992/13