EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA Nº 7.561/18

 

ARTICULO 1º: Exímase a la “Asociación de Bomberos Voluntarios de Castilla”, de abonar la “Tasa por Derecho de Construcción”, para la realización de una obra de acondicionamiento y ampliación, en elinmueble, identificado catastralmente como: Circunscripción VIII, Manzana 27, Parcela 15; Partida Inmobiliaria Nº 8920.00.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS DIECIOCHO.

 

Expediente 16.347/15.-