EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 7.584/18.

 

ARTICULO 1º:Autorizasea APRID (Asociación Para la Recuperación e Integración del discapacitado), el Uso del Espacio Público en plazas de nuestra ciudad, a partir del 14 de mayo de 2018, por el término de dos años, en el horario de 80:00 hs. a 13.00 hs., conforme el siguiente organigrama: los días lunes en plaza Gral. Belgrano; los días martes de plaza 5 de Agosto; los días miércoles plaza San Martín; los días jueves en plaza Lavalle y los días viernes en de plaza Gral. Paz.-Motivo: Estacionar carro de venta de bolsas y productos no comestibles. –

Artículo: La Institución mencionada en el artículo 1º, será responsable de mantener ordenado y limpio el espacio público cedido y restituir el mismo en dichas condiciones, una vez concluido el evento mencionado en el artículo primero. –

Artículo: Queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas, durante el desarrollo del Evento. –

ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes. –

ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.-

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos. –

ARTÍCULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase. –

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISEIS DÍASDEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO. –

Expediente Nº 16.305/18