EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  7.161/17

 

ARTICULO 1º: Autorizase a Club Social Chacabuco, (Pte. Sr. Marcelo Cejo DNI: 17.528.287) el Uso del Espacio Público y corte de calles en Acceso Juan XXIII, desde calle Callo hasta Ruta Nº 7, el día domingo 21 de mayo de 2.017, de 08:00 a 13:00 hs. Motivo: Triatlón.-

ARTÍCULO 2º:Los Solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes que puedan surgir durante lo peticionado.-

ARTICULO 3º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º  bis, de la ordenanza  Nº  6.541/15.-

ARTICULO 4º: La erogación resultante para la organización del evento (Sadaic, Seguros,  etc.), será afrontada por el solicitante.-

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de  acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de espacios Públicos.-

ARTICULO  6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRES DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.- 

Expediente Nº 15.647/17.-