EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A  Nº  7.232/17.

 

ARTICULO 1º: Autorizase a “G.T.C. Producciones”, el Uso del Espacio Público en las veredas de las esquinas de Av. Alsina y Rivadavia; Av. Alsina y San Martín; Av. Alsina y Cervantes y Av. Saavedra y Almirante Brown y Sarmiento y Belgrano, desde el día 8 de julio de 2.017 hasta el día 2 de septiembre de 2.017, en el horario de 7:00 a 23:30 hs. Motivo: Difusión de obra de teatro con cartelera.-

 

 ARTÍCULO 2º:Los Solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes que puedan surgir durante lo peticionado.-

ARTICULO 3º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º  bis, de la ordenanza  Nº  6.541/15.-

ARTICULO 4º: La erogación resultante para la organización del evento (Sadaic, Seguros,   etc.), será afrontada por el solicitante.-

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el  cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de espacios Públicos.-

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.- 

 

  1. 15.775/17.