EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

O R D E N A N ZA Nº 8.251/19

ARTICULO 1º: Convalídese el Contrato celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco, representada por el Intendente Municipal Dr. Víctor R. Aiola y la Cooperativa de Trabajo “CHACABUCO VERDE” CUIT: 30-71507607-8, representada por su presidente Sra. Daniela Evangelina Petrocini, para efectuar la prestación del servicio de Recuperadores Ambientales dentro de la Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos Municipales, por el término de 12 meses, por la suma de Pesos Un Millón Quinientos Veinticuatro Mil ($ 1.524.000), IVA Incluido. Expte. Administrativo D.E. Nº 4029-1975/19

Artículo 2º: Autorizase la afectación de fondos en futuros ejercicios.

Artículo: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-

Expediente Nº 17.639/19.-