EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA N° 1.066/92.-
ARTICULO 1°: Declárese de utilidad pública y pago
obligatorio para los propietarios o poseedores a título de dueño de las
parcelas, con frente a la obra, la ejecución de la ampliación de la red de
desagües Cloacales, en las calle:
-CERVANTES e/Cnl. Suarez y Azcuenaga (acera impar) Expte.
4029-3269/91.-
-LAPRIDA e/Azcuenaga y Viamonte (ambas aceras) Expte.
4029-0651/92.-
-VILLEGAS e/Corriente y E. Ríos (acera par) Expte.
4029-0652/92.-
-VIAMONTE e/Belgrano y Rivadavia (acera par) Expte.
4029-1580/92.-
-DUBERTY e/Av. Garay y Laprida (acera impar) Expte.
4029-1330/92.-
-VIAMONTE e/Belgrano y Rivadavia (acera impar) Expte.
4029-1579/92.-
-CALLAO e/ P. Doglia y Av. Saavedra (acera par) Expte.
4029-0033/92.-
-VIAMONTE e/Rivadavia y Cervantes (acera par) Expte.
4029-1339/92.-
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CATORCE DIAS DEL DE ABRIL, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.-