EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA N° 1.101/92.-
ARTICULO 1°: Convalídase el Convenio Celebrado
entre Municipalidad de Salud y Acción Social y Municipalidad, sobre
Cooperación y Coordinadora de Acciones en formación de Recursos
Humanos.————
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL DE JUNIO, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.-