EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA N° 1.181/92.-
ARTICULO 1°: Declárese de utilidad pública y pago
obligatorio y pago obligatorio para los propietarios o poseedores a título de
dueño de las parcelas con frente a la obra, la ejecución de la obra
"Desagües Cloacales y Planta Depuradora en la Localidad de O’Higgins de
este
Partido".—————————————————————————————
ARTICULO 2°: Apruébase la Tasa de Contribución de
Mejoras para los beneficiarios de la obra, con unidad de prorrateo por conexión
y con las siguientes modalidades y opciones de pago:
a)- Durante ahorro previo y ejecución de la Obra
Descripción Plazo Cuota Unitaria
(en meses) (en Pesos)
23 meses 23 19,07
Contado — 943,20
6 meses 6 158,21
12 meses 12 80,13
18 meses 18 54,14
Jubilados 23 25,26
b)- Durante la Amortización del Crédito
Descripción Plazo Cuota Unitaria
84 meses 84 8,40
Jubilados 84 6,72
La contribución de mejoras se realiza en pesos convertibles
en un todo de acuerdo a la Ley Nacional N° 23.928 Ley de Convertibilidad y
comprende a la zona de la Localidad de O’Higgins compuesta por las manzanas 1 a
28 y 32 inclusive.-
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, Y ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES EL
DIA QUINCE DEL MES DE DICIEMBRE, DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.-