EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDDENANZA N° 1.218/93.-
ARTICULO 1°: Convalidase
el Decreto N° 134, del Departamento Ejecutivo Municipal, sobre prorroga por
noventa (90) días, la vigencia de las Ordenanzas N° 6/61 y sus modificatoria
N° 93/73.—————————–
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, AL PRIMER DIA DEL MES DE ABRIL, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-