EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDDENANZA N° 1.228/93.-
ARTICULO 1°: Modificase el
inciso ñ) del Art. 41 de la Ordenanza General Impositiva N° 1.184/92, el que
quedará con los siguientes valores:
Ñ)- Los nichos en los Cementerios de Rawson, O’Higgins y
Castilla, se arrendarán por el termino de quince (15) años, a los siguientes
precios:
– De primera fila $ 400.-
De segunda fila …$
600.-De tercera fila ..$
550.-De acuerdo fila $
450.-
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE ABRIL, EN ASAMBLEA DE
CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES, DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-