EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONESACUERDA Y SANCIONA:

La siguiente

 

 

 

 

ORDENANZA Nº 1.313/93.-

 

 

ARTICULO 1º: Convalídase
el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Chacabuco y la Provincia de
Buenos Aires, sobre el "PROGRAMA FAMILIA
PROPIETARIA.———————————————————————————-

 

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.-

 

 

DADO: EN LA SALA SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE, DEL AÑO
MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-