EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:

La siguiente

 

ORDENANZA Nº 1.331.-

 

 

ARTICULO 1°: Concédase a
la Cooperadora del Hospital Angel Rossi, Catalina Z. de Rossi" de la
Localidad de Rawson, permiso de uso en un espacio público para la realización
de carreras de caballos Cuadreras y lonja el día 7 de Noviembre de
1993.————————————————————-

 

ARTICULO 2°: Derógase la Ordenanza N°
1.305/93.———————————

 

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.—————————————————————————————-

 

DADO:EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-