EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente
ORDENANZA Nº 1.340.-
ARTICULO 1°: Apruébase el
Cuadro Tarifario de las Cooperativa Limitada Consumo Popular Electricidad y
Servicios Anexos de Castilla el cual no podrá superar el Cuadro Tarifario de
ESEBA.——————————————-
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.—————————————————————————————-
DADO:EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-