EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

ORDENANZAS N° 1.372/94.-

 

 

ARTICULO 1°: Convalidase el Acta celebrado entre la
Municipalidad de Chacabuco y la D.G.I., Distrito de Chacabuco, referido a los
requisitos exigibles a los trabajadores autónomos ante el inciso de tramites
administrativos.———–

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISIES DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.-