EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

ORDENANZA N° 1.461/94.-

 

ARTICULO 1°: Apruébase el Convenio de COOPERACION
entre LA ASOCIACION DE PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (APYME) del PARAGUAY Y EL
FORO DE INTENDENTE y EMPRESARIOS DEL MERCOSUR (del cual Chacabuco es
integrante).—————————————-

 

ARTICULO 2°: Envíese copia de la presente a la
Asociación de Pequeñas y Medianos Empresarios (APYME) del Paraguay y al Foro
de Intendentes y Empresarios del
Mercosur.———————————————————————-

 

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE AGOSTO, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.-